Artículo 1. Todo miembro de la Empresa, sin distinción alguna, se compromete, de manera indelegable e inexcusable a cumplir y hacer cumplir, así como la “Política de Ética” de la Empresa, la legislación y normas aplicables en el Estado mexicano tanto dentro como fuera del recinto laboral.
Artículo 2. Tomo miembro de la Empresa se compromete a observar en el desempeño de sus funciones, las leyes y normas vigentes en México, así como las normas extranjeras que en virtud de sus actividades le resulten aplicables.
Artículo 3. En caso de tener dudas respecto de este Código de Conducta y políticas aplicables, el trabajador deberá consultar con su superior jerárquico.
Artículo 4. En caso de ser apropiado, teniendo en cuenta la naturaleza del hecho comunicado, los informes de violaciones y solicitudes de información podrán presentarse directamente a niveles más altos del organigrama de la empresa.
Artículo 5. Cada miembro debe desempeñar sus labores con honestidad, debido cuidado, diligencia, profesionalismo imparcialidad e integridad.
Artículo 6. Todo trabajador tiene derecho a un ambiente sano de trabajo, libre de toda discriminación y acoso.
Artículo 7. Todo empleado debe abstenerse de realizar conductas activas o pasivas que puedan ser encuadradas como:
Artículo 8. Es responsabilidad de todo empleado:
Artículo 9. Queda estrictamente prohibido:
Artículo 10. El personal directivo deberá presentar en todo momento un modelo de conducta ejemplar que promueva la cultura de cumplimiento e integridad.
Artículo 11. Es responsabilidad del personal directivo:
Artículo 12. La relación entre miembros de la misma área o departamento se sujetará a los procedimientos y diagramas de flujo descritos en los manuales de organización y procedimientos respectivos. En todo momento deberá observarse un trato respetuoso y un ambiente de compañerismo acorde a lo estipulado en este Código y a los Valores de la Empresa.
Artículo 13. Las relaciones entre miembros de distintas áreas o departamentos se regirán por los criterios de coordinación establecidos en los manuales de la organización y procedimientos respectivos, así como en el organigrama de la Empresa.
Artículo 14. Toda operación comercial o de crédito entre miembros de la Empresa, sin distinción de rango o jerarquía, están prohibidas dentro del horario y recinto de trabajo.
Cualquier operación de este tipo realizada fuera del horario y recinto de trabajo son total responsabilidad de quienes la celebran.
Artículo 15. Toda operación comercial o negociación con clientes, proveedores o consumidores deberá ser regida por las máximas del respeto y honestidad.
Artículo 16. Los productos y/o servicios de la Empresa, deben ser presentados de manera honesta y clara.
En consecuencia, se prohíbe participar en prácticas desleales, engañosas o confusas.
Artículo 17. Se entiende por Relación con el Gobierno, cualquier interacción con cualquier funcionario o empleado de un ente del Estado ya sea a nivel Federal, estatal o municipal.
Artículo 18. Atendiendo a su área de trabajo y labores encomendadas, cada empleado debe garantizar laexactitud de los registros contables, financieros, de calidad, de gastos, de personal, etc.
Artículo 19. Toda operación debe ser registrada en el período contable pertinente y en la cuenta y departamento correspondiente. Queda prohibido retrasar o anticipar el registro de ingresos o gastos.
Artículo 20. Queda estrictamente prohibida la falsificación de cualquier tipo de documentos.
Artículo 21. El personal con acceso a datos personales debe:
Artículo 22. Los registros de la Empresa deben ser conservados o desechados de conformidad con las políticas de conservación de registros de la Empresa
Artículo 23. Queda prohibido revelar información no pública de la Empresa, salvo cuando su difusión esté justificada y se requiera con fines comerciales.
Artículo 24. Los empleados deben proteger todos los bienes de la Empresa y utilizarlos únicamente en forma adecuada y eficiente.
Asimismo, todos los empleados deben proteger los bienes de la Empresa contra pérdida, daño, uso incorrecto, robo, fraude, malversación y destrucción.
Artículo 25. . Un Conflicto de Interés se produce cuando los intereses personales de un empleado o los intereses de un tercero compiten con los intereses de la empresa y, en consecuencia, pueden condicionar su independencia, sus decisiones imparciales y su desempeño íntegro
Artículo 26. Todos los miembros de la Empresa deben evitar los conflictos de interés.
Artículo 27. Si se produce un Conflicto de interés o si una persona se encuentra frente a una situación que pueda involucrar o dar lugar a un conflicto de interés, el empleado deberá comunicarlo a su superior jerárquico de inmediato.
Artículo 28. Queda prohibido ser empleado o recibir pagos de cualquier cliente, proveedor o competidor de la Empresa por cualquier concepto sin la aprobación previa por escrito del superior jerárquico.
Artículo 29. La impartición de clases, conferencias, presentaciones o talleres está permitida siempre y cuando no se realice a nombre de la empresa.
Sin embargo, se debe contar con la aprobación por escrito del superior jerárquico, si:
Artículo 30. . Los familiares directos y parejas de los miembros de la Empresa pueden ser contratados únicamente en caso de que su nombramiento se base en sus calificaciones, desempeño, competencias y experiencia, y siempre que no exista ninguna relación de dependencia laboral directa o indirecta entre el empleado y su familiar o pareja.
Artículo 31. Todo miembro debe abstenerse de hacer cualquier regalo o brindar cualquier atención o servicio que pueda ser entendido como un acto de corrupción o encaminado a obtener un trato preferencial incompatible con las leyes, así como a este Código.
Artículo 32. El ofrecimiento y aceptación de regalos solamente es permisible dentro de las siguientes pautas:
Si se le ofrece un regalo, comida u otro tipo de atenciones que superen los límites antes indicados, rechácelos cortésmente y explique las normas de la Empresa.
Artículo 33. En ningún caso se podrán realizar o recibir obsequios consistentes en:
Artículo 34. La política comercial y los precios se establecerán en forma independiente y nunca serán acordados, formal o informalmente, con los competidores u otras partes no relacionadas, ya sea en forma directa o indirecta.
Artículo 35. Los clientes, territorios o mercados de producto nunca serán distribuidos entre la Empresa y sus competidores sino que siempre como resultado de la competencia económica.
Artículo 36. Queda tajantemente prohibido para todo miembro de la Empresa, el ofrecer o prometer en forma directa o a través de intermediarios, un favor personal, financiero o de cualquier otro tipo, a fin de obtener o conseguir un negocio u otra ventaja de parte de un tercero, ya sea público o privado.
Artículo 37. De igual forma, los empleados deben abstenerse de realizar cualquier actividad o conducta que pudiera dar lugar a la aparición o sospecha de que un soborno ha tenido lugar.
Artículo 38. Todos los miembros de la Empresa se comprometen a proteger el medio ambiente y a realizar sus actividades de manera responsable y sostenible.
Artículo 39. Todo incumplimiento de este Código dará lugar a la aplicación de medidas disciplinarias, incluida la posibilidad del despido sin perjuicio del ejercicio de las acciones legales pertinentes.
Artículo 40. Cualquier persona, ya sea que trabaje directamente o no para la Empresa, puede presentar, de manera verbal o escrita, un reporte de irregularidades ante el Gerente o el superior jerárquico de éste.
Artículo 41. Se prohíbe la toma de represalias contra cualquier empleado respecto de aquellos reportes presentados de buena fe.
El miembro de la empresa que habiendo brindado información o participado en un proceso de investigación que considere estar siendo víctima de represalias podrá informar directamente al Director General para expresar lo que a su derecho convenga.
Artículo 42. Toda violación al Código de Conducta será resuelta por el Director General o en ausencia de este por el Gerente de área correspondiente.
Artículo 43. En caso de existir algún reporte de irregularidades o que las circunstancias particulares así lo ameriten, el Director General o en ausencia de éste, el Gerente de área correspondiente podrá ordenar el inicio un proceso de investigación.
Artículo 44. En el proceso de investigación la persona que lo dirija se auxiliará de, al menos, una persona más que funja como testigo y verifique la imparcialidad de las pesquisas.
Artículo 45. La primera etapa de la investigación se realizará de manera confidencial.
Artículo 46. En caso de que a juicio de la unidad investigadora no existan elementos para proseguir con las pesquisas lo comunicará al Director General de la Empresa.
Artículo 47. En caso de que la unidad investigadora consideré que existen elementos suficientes para continuar con el proceso disciplinario, se lo notificará al Director General de la Empresa así como a la(s) persona(s) involucrada(s) para que habiendo conocido el contenido y alcance de la investigación, expresen en un término de 5 días hábiles, lo que a su derecho convenga.
Artículo 48. En caso de ser necesario, se realizará una audiencia para el desahogo de las pruebas y alegatos de la(s) persona(s) involucrada(s) en la investigación.
Artículo 49. Realizado lo anterior, el Director General se pronunciará respecto a si se actualizó o no una violación al Código de Conducta.
Artículo 50. En caso de que se actualice una o más violaciones al Código de Conducta, se procederá a imponer una medida disciplinaria o sanción que atendiendo a la gravedad de la(s) falta(s) podrán ser las siguientes:
Sin perjuicio de lo anterior, Director General de la Empresa podrán dar vista al Ministerio Público.
Artículo 51. El Código de Conducta será revisado y actualizado por lo menos una vez cada tres años mediante la aplicación de cuestionarios y consultas a los miembros de la Empresa.
Artículo 52. Si algún procedimiento estipulado en este Código contradice la Ley aplicable, la Ley regirá sobre el Código.
Artículo 53. Queda estrictamente prohibido a la Empresa:
Artículo 54. AQUI